[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 CONJUNTO RESIDENCIAL CAMINO REAL LA MONCLOA Manual del Propietario para una mejor convivencia PARCELA P37, ZONA 1, URBANIZACION CAMINO REAL, MUNICIPIO AMBROSIO PLAZA ESTADO MIRANDA ELABORADO POR REVISADO POR Nombre: E. Machado Nombre: Dayli Velázquez / Jorge Álvarez / Alejandro Tarazona Cargo: Suplente Junta de Condominio 2016 Cargo: Junta de Condominio 2016 Fecha: Abril 2016 Fecha: Abril 2016 Firma: Firma: COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 1 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 PRÓLOGO Desde hoy, usted es propietario de una nueva residencia, en la cual hemos puesto todos nuestros conocimientos profesionales y los mas apropiados materiales, para que usted y su familia vivan felices y cómodamente. Son nuestros más sinceros deseos el que usted y su familia puedan pasar juntos los mejores momentos hogareños y que todas las comodidades y servicios de esta, su nueva residencia, los ayuden a vivir de una manera feliz. Es con esta intención que le recomendamos tome el tiempo necesario para leer cuidadosamente este manual. Está concebido para que usted conozca todo lo referente a su propiedad, su construcción, la forma de cuidarla, los diversos servicios que tiene; así como para armonizar la vida en común de los propietarios del CONJUNTO RESIDENCIAL CAMINO REAL - SECTOR LA MONCLOA , en la mejor forma posible, y regular el buen uso y disfrute de todas las áreas comunes, considerando a dichos propietarios como integrantes o participantes de la comunidad de propietarios del conjunto en general, e integrantes y participantes en la comunidad de propietarios de cada edificio en particular. 1. INFORMACIÓN GENERAL Como es lógico, usted y su familia (como propietarios) tienen derecho a usar todas las áreas de USO COMÚN del conjunto. Recuerde que dichas áreas (entradas, zonas verdes, áreas de circulación, estacionamientos, etc.) son suyas y de todos los propietarios. a) Debe cuidarlas y mantenerlas en la misma forma y con el mismo empeño que usted lo hace en su apartamento, para que todas las áreas y los servicios comunes se mantengan en perfectas condiciones. b) Debe cumplir con todos los deberes o normas dispuestas en la Ley de Propiedad Horizontal vigente, el Código Civil y en este manual. c) Debe pagar puntualmente las cuotas por concepto de condominio a la administradora, a fin de poder cancelar oportunamente las reparaciones, mantenimientos, servicios públicos, jardinería, vigilancia, agua, etc. d) Con el único propósito de mantener el aspecto armónico de la fachada y por formar esta parte de los bienes comunes: i. No se podrá instalar ningún elemento, sin antes obtener el permiso previo de la Junta de Condominio. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 2 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 Es importante revisar el Documento de Condominio ya que además de ser instrumento legal, es un conjunto de normas y prácticas de sentido común, concebido para hacer que su residencia y sus áreas comunes sean más placenteras para usted y sus vecinos a través del tiempo. 2. SERVICIOS PÚBLICOS a) El servicio de energía eléctrica de su apartamento, debe solicitarlo en la oficina de CORPOELEC de la zona, allí le indicarán los recaudos. b) Una vez constituida la Junta Comunal, el Conjunto Residencial puede optar por la incorporación al urbanismo del servicio de telefonía, posterior al tramite solicite en las oficinas de servicio telefónico, su conexión correspondiente. c) Solicite en las oficinas de la empresa que suministra el gas doméstico (PDVSA GAS), el servicio para su apartamento. Una vez solicitado debe contactar la empresa contratista que se encarga de la conexión de su apartamento a la red del conjunto. d) Efectúe en las oficinas de la Dirección de Catastro de la jurisdicción del inmueble el cambio de propietario de su apartamento, presentando previamente los recaudos que a tal efecto soliciten. e) Infórmese en la Junta de Condominio y/o Administradora del Condominio acerca de: i. Cuota estimada de gastos. ii. Formas de cobro, permiso para efectuar remodelaciones, adiciones, mudanzas, etc. iii. Forma como deberá ser cableado su edificio para la instalación de las líneas telefónicas. 3. AL RECIBIR SU APARTAMENTO Por parte de la Constructora: Deberá verificar el correcto funcionamiento de todas las instalaciones junto con el representante de la Constructora, así como las condiciones de carpintería, vidrios, piezas sanitarias y grifería. Como constancia de su conformidad, usted firmará el Acta de Recepción del apartamento. Después de que usted ocupe su apartamento por algunas semanas y haga uso normal del mismo, si detectara defectos que requieran reparación, es conveniente y le causará menos molestias a usted, si los reporta mediante comunicación que liste la totalidad de los mismos. Es por esa razón, que le pedimos anotar todo lo que usted considere que amerite reparación y en un plazo máximo de treinta (30) días, contados a partir de la protocolización del documento de venta, nos lo participe. Es lógico que en el caso de existir alguna situación de COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 3 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 emergencia que pueda ser nociva a la salud o a la propiedad, ésta debe ser notificada por escrito y de manera inmediata, para proceder a remediarla con la urgencia que amerite el caso. Usted tendrá unas cuantas preguntas relacionadas con el cuidado y el mantenimiento de su nueva residencia. Hasta tanto usted se haya instalado, trataremos de responderle algunas de ellas. "una nueva residencia es como un nuevo automóvil, ocasionalmente y al principio son necesarios ajustes menores" Después de que estos ajustes han sido hechos, su residencia no tendrá problema si usted le da el cuidado y el mantenimiento adecuado. Inmediatamente después de la protocolización del documento de venta la constructora hará un recorrido final, para determinar si todo está en buenas condiciones. En esta oportunidad, si se quieren corregir algunos pequeños defectos que pudiesen existir, se deberá hacer de la forma más rápida posible, pero hay que tener en cuenta que gran parte del trabajo está realizado por distintos contratistas especializados que tienen obligaciones, no sólo con la constructora, sino también con otras empresas. 4. ANTES DE SOLICITAR SERVICIOS O EFECTUAR ALGUNA REPARACIÓN A LA CONSTRUCTORA: Uno de los propósitos de este manual, es ayudarle a determinar quién podría ser el responsable en la corrección de ciertas anomalías; puede ser la administradora del condominio y hasta puede ser usted mismo. Es mejor consultar este manual, a fin de determinar de quien es la responsabilidad. a) No pueden considerarse responsabilidad del constructor, aquellos daños ocasionados a consecuencia del uso impropio, falta de mantenimiento, maltrato de las cosas o abandono del mismo. Los gastos de conservación y reparación de los apartamentos, corresponden a los respectivos propietarios, quienes están obligados a mantener las dependencias de su propiedad, en las mejores condiciones de higiene, limpieza y conservación. b) La Constructora no será responsable de los vidrios, puertas, sanitarios, cerraduras, lavamanos, griferías, piezas eléctricas y otros artefactos rotos, después que usted se mude y haya firmado el Acta de Recepción del Apartamento; recuerde que usted tiene la responsabilidad de reclamar sobre todos estos aspectos cuando se hace la revisión, junto con nuestro representante, al entregarle las llaves. c) Los co-propietarios deberán velar porque sus hijos, sus visitantes, o las personas bajo su dependencia, no causen daños a las cosas comunes o de otros co-propietarios. El COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 4 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 propietario de cada apartamento responderá ante la Comunidad de Propietarios del Conjunto en general y de su Edificio en particular y ante terceros de todo daño o perjuicio causado a las cosas comunes, por mal o indebido uso de ellas, por negligencia o impericia o inobservancia de las normas legales, bien sea, por miembros de su familia, de personas que de él dependan o trabajen para él, por sus invitados o por quien fuese ocupante por cualquier título del respectivo apartamento y su responsabilidad es solidaria con la del autor del daño. Esta responsabilidad se hace extensiva a los arrendatarios de apartamentos en los Edificios. REPARACIONES A LA PROPIEDAD DE USO COMÚN: todo lo concerniente a la comunidad de propietarios: jardines, estacionamientos, calles, zonas verdes o cualquier otra área común, descritas en el documento de condominio; por lo que la solicitud debe llevarse a sus oficinas o a través de la junta de condominio. A estos fines, se presumen conocidas por todos los copropietarios del conjunto, las disposiciones del documento de condominio. Las áreas comunes han sido construidas como una estructura independiente; razón por la cual, se ha hecho necesario hacer algunos ajustes y remates que pueden presentar grietas entre dichas áreas y la estructura de los edificios; estas grietas son normales en dichas juntas de construcción. Es posible que se presenten asentamiento diferenciales entre las obras exteriores (aceras, tanquillas etc.) y la estructura de los edificios, debido a los diferentes tipos de fundación usadas, razón que no debe alarmarnos. REPARACIONES A LA PROPIEDAD INDIVIDUAL: Se le deberá entregar a la empresa constructora todo lo que se relacione con la construcción de su apartamento. Nota: Para solicitar cualquier tipo de servicio que corresponda a la empresa constructora, dirigirse a las oficinas de Atención al Propietario, para que esta canalice su solicitud con la unidad apropiada. REPARACIONES DE SU EDIFICIO: Las edificaciones nuevas están en un período que podríamos llamar de adaptación. Ciertas cosas que podrían y/o pueden parecer defectos, son simples características del comportamiento normal de los materiales y que, por lo tanto, no requieren reparación. Diferentes tipos de materiales son usados en la construcción del edificio, los cuales tienen distintos períodos de adaptación, debido a su capacidad de absorber humedad, contracción, coeficiente de expansión, etc. Todos requieren cierto tiempo para estabilizarse. Por ejemplo, ocasionalmente aparecen grietas en las paredes y pisos, que son originadas por la expansión del concreto, debido a los cambios de temperatura y utilización de distintos materiales COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 5 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 de construcción; especialmente en la unión (junta) de paredes de bloques y muros estructurales; así como en estructuras independientes. Usted puede estar seguro de que este tipo de grieta no afecta la calidad de su apartamento. En el caso de que aparecieran grietas anormalmente grandes, estas serán revisadas por el representante del constructor. Normalmente las grietas naturales son disimuladas mediante juntas de distintos tipos, las cuales han sido dejadas para que sean instaladas por los propietarios de los apartamentos, a su gusto, por su cuenta y a sus propias expensas. Es posible que durante el primer año, usted note excesiva humedad en su apartamento. Esto es normal en toda construcción nueva, ya que generalmente para secarse tarda de 10 a 12 meses, dependiendo de la humedad ambiental. Importante: i) Las pantallas de concreto, ladrillos en obra limpia y bloques de ventilación que conforman las fachadas deberán ser regularmente pintadas con silicona por cuenta y a expensas del condominio a fin de mantener su buena apariencia y evitar la humedad en la cara interior de las fachadas; esta operación deberá repetirse semestralmente; en algunos casos podría ser necesario, frisar las paredes, por su cara interior con un mortero hidrófugo a fin de lograr su total estanquedad. ii) Los muros de concreto pueden presentar convexidades debido fundamentalmente al tipo de encofrado usado para su construcción; esto no representa ningún problema estructural y es aceptado como normal en este tipo de construcción. iii) La estructura de los edificios está conformada por paredes estructurales de concreto y losas horizontales que constituyen los pisos y techos de los apartamentos; el módulo de circulación es decir donde se encuentran las escaleras, y otros servicios, tiene estructura tradicional de columnas y vigas; todos estos elementos estructurales no deben ser intervenidos por ninguna circunstancia, por parte de los propietarios de los apartamentos, debido a que su intervención podría afectar la estabilidad de la estructura del respectivo edificio. iv) No podrán modificarse en forma externa las paredes y fachadas de los edificios, ni tampoco podrán decorárseles con tonalidades distintas a los lineamientos generales arquitectónicos del inmueble. v) Cualquier modificación requerirá la aprobación de las autoridades competentes si fuere el caso y el consentimiento unánime de la comunidad de propietarios del conjunto. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 6 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 vi) En atención al punto anterior se deja clara constancia que será de la exclusiva responsabilidad del propietario del apartamento, en el cual se intervenga la estructura, todos los daños y perjuicios que pudieren ocasionarse en el edificio y en el propio apartamento, como podría ser levantamiento de porcelana en pisos y paredes, grietas, ruptura de tuberías, humedades, deflexiones de elementos estructurales, etc. vii) Está prohibido la intervención de las losas, las cuales debido a su espesor no permiten la ubicación de tuberías, de ningún tipo, para la colocación de cajetines de puntos de luz o cualquier otro objetivo similar. Este tipo de intervención ocasionaría el desprendimiento de la cerámica o porcelana de los apartamentos adyacentes, razón por la cual dicho daño será de la exclusiva responsabilidad del propietario del apartamento intervenido. Como propietario del apartamento, la garantía legal por un (1) año sobre vicios ocultos, perderá su vigencia en caso de cualquier intervención por parte de personal no autorizado por la empresa constructora; en cuyo caso, el propietario que hubiese alterado dicha estructura responderá civil y penalmente ante los demás propietarios por la pérdida de la garantía antes mencionada y se hará responsable por los daños y perjuicios que dicha situación ocasione. Así mismo se les recuerda que la Ingeniería Municipal del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda, es el único ente legal que puede autorizar cualquier tipo de trabajo que haya de efectuarse dentro de su vivienda; para lo cual, se recomienda preguntar en dicha oficina cual es la Ordenanza que rige la materia para conocer el procedimiento de autorización y cuales son las consecuencias de tales omisiones. 5. GARANTÍA DEL CONSTRUCTOR Y REMODELACIONES El constructor, de acuerdo con la ley, ofrece una garantía por su trabajo de un (1) año, contado a partir de la fecha de la protocolización del documento de venta, siendo este plazo improrrogable. Esta garantía sólo cubre aquellos defectos que sean plenamente comprobados como deficiencia de la construcción; no así, los defectos ocasionados por el mal uso del propietario o de sus relacionados. El adquirente del apartamento antes de acometer trabajos de modificación en su apartamento debe estar consciente, que a partir del momento en que dichos trabajos sean iniciados sin la debida autorización, por escrito, perderá de inmediato la garantía que por un (1) año ofrecemos y será responsable ante sí mismo y ante terceros por los daños y perjuicios que tal acción COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 7 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 ocasione; así como si tampoco ha obtenido la autorización escrita por parte de Ingeniería Municipal. 6. NORMAS DE CONVIVENCIA Para facilitar las buenas relaciones intervecinales que todos deseamos, hemos establecido una serie de normas o aspectos que cada habitante del Conjunto Residencial Camino Real debe garantizar su fiel cumplimiento: a) El horario de trabajo establecido para ejecutar aquellas labores que por su naturaleza generan ruidos molestoso, como reparaciones, remodelaciones, uso de martillo, esmeril o taladro, mudanzas, entre otros, es el siguiente: DE LUNES A VIERNES DE 8:00 A.M. A 12:00 A.M. / DE 1:00 P.M. A 5:00 P.M. SÁBADO DE 8:00 A.M. A 1:00 P.M. DOMINGOS Y FERIADOS TERMINANTEMENTE PROHIBIDO. b) Los escombros generados por arreglos internos de apartamentos, deberán ser botados fuera de las áreas de USO COMÚN de la urbanización por el contratista o por el respectivo dueño del apartamento, y mientras no lo hagan, podrán usar el puesto de estacionamiento asignado para colocarlos por un período no mayor a 5 días (continuos). El propietario deberá acomodar lo mejor posible los escombros de manera que no moleste a otros vecinos, no dañe el piso del área y pueda estacionar su vehículo, ya que no podrá aparcar en otro puesto que no sea el suyo. En caso de extenderse el tiempo de permanencia permitido, la junta de condominio le informará la sanción administrativa que debe pagar, incluyendo el costo que acarree la remoción de estos escombros. c) Si un propietario deja su apartamento desatendido por algún período y sucede algún problema que dañe su propiedad y/o la de sus vecinos, él será el único responsable. Por tal razón, es aconsejable que lo haga revisar semanalmente. DICHA REVISIÓN DEBE COMPRENDER: � Abrir y cerrar las llaves de agua y verificar cualquier defecto en el sistema de aguas blancas. Verificar que todas las ventanas estén cerradas y que no tengan algún vidrio roto. Verificar si hay malos olores y corregir las causas. d) Cuando los propietarios se ausenten por largos períodos, es recomendable avisar por escrito a la Junta de Condominio, ya que de no hacerlo se dificultaría cualquier trabajo de emergencia o reparación en el inmueble; usted será responsable de los daños y perjuicios causados a terceros. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 8 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 e) No se puede preparar mezclas de cemento o pego, ni dejar materiales de construcción en las plantas bajas y áreas comunes de los edificios (pasillos, escaleras, estacionamientos, etc.) f) Para el acceso de contratistas o proveedores de servicios a la urbanización se deberá elaborar una autorización escrita y entregarla a la Junta de Condominio de la urbanización, con suficiente tiempo (mínimo 48 horas hábiles de antelación), que deberá contener la identificación exacta de las personas que ejecutarán los trabajos en su apartamento, el tiempo estimado de duración y los datos del vehículo en que se trasladen (en caso que sea necesario su ingreso); dicha autorización deberá ser suscrita por usted como propietario, indicando todos sus datos personales, el número de apartamento y un número telefónico para localizarle por cualquier inconveniente que se pueda presentar; así como el nombre completo de la persona responsable de la obra, sus datos personales y los trabajos a ejecutar. Una copia de este documento se entregará en vigilancia, quienes serán validarán la información y permitirán el acceso del personal. En caso que el proveedor se presente y no haya sido autorizado, por medidas de seguridad, los oficiales de seguridad no permitirán su ingreso. g) Para el acceso de visitantes a la urbanización se deberá anunciar en vigilancia y suministrar la identificación completa de las personas que ingresarán y los datos del vehículo en que se trasladen (en caso que sea necesario su ingreso) dicha autorización deberá ser suscrita por usted como propietario, indicando todos sus datos personales, el número de apartamento y un número telefónico para localizarle por cualquier inconveniente que se pueda presentar. Los oficiales de seguridad no permitirán el acceso de ninguna persona que no haya sido anunciada. h) No está permitido instalar diseños de rejas o cualquier otro elemento ornamental distinto al aprobado por la comunidad, cuyos diseños se encuentran en este mismo manual. i) No está permitido instalar compresores de Aires Acondicionados sobre la azotea o en las ventanas. Se debe mantener el diseño aprobado en asamblea, debe consultar a la Junta de Condominio. j) No está permitido cambiar el color de las rejas o paredes. Debe prevalecer la uniformidad. k) No está permitido que sus mascotas hagan sus necesidades en las áreas de uso común de la urbanización (áreas verdes, estacionamientos, pasillos de edificios, churuata, cancha, entre otras,) en caso de que descuidadamente lo hagan, recuerde recogerlos con una bolsa plástica, depositando dichos desperdicios en el basurero debidamente cerrado. l) Las actividades como el canto, el uso de instrumentos musicales o de aparatos de radio, televisión o sistemas de reproducción de música y/o similares, estarán limitadas por el COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 9 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 interés común y por lo tanto, la Junta de Condominio en conjunto de la comunidad determinará las normas generales en cuanto al horario, así como las normas especiales cuando las circunstancias así lo exijan. En todo caso, tales actividades pueden desarrollarse dentro del siguiente horario: DE DOMINGO A JUEVES DESDE LAS 8:00 A.M. HASTA LAS 9:00 P.M. VIERNES Y SÁBADO DESDE LAS 8:00 A.M. HASTA LAS 12:00 P.M. Este horario se debe cumplir incluso los días feriados o festivos. Está prohibido usar las áreas de uso común con esta finalidad o reuniones sin previa autorización de la junta de condominio. m) Se prohíbe tender y/o secar ropa, lencería, forros, etc, en toda la extensión de las fachadas (Externas e Internas) del Edificio, ni colocar tendederos o colgadores en ventanas. n) Las mudanzas deberán ser notificadas y autorizadas de la misma manera que indica el punto f de este mismo apartado, y se deben realizar en el horario establecido para actividades que generan ruidos molestos (punto a). Por seguridad los oficiales de seguridad no permitirán el ingreso o egreso de vehículos que trasladen bienes de valor sin previa autorización de la Junta de Condominio, sin excepción. Por seguridad y a manera de mejor control, los únicos días para realizar actividades de mudanza serán los siguientes días: Sábados para mudanzas hacia fuera del conjunto residencial. Lunes a Sábado para mudanzas que ingresan al conjunto residencial. Queda terminantemente prohibido trasladar muebles y/o enceres fuera del horario establecido. o) Evite el riego de plantas o cualquier despilfarro de este vital líquido los fines de semana o los días feriados o festivos. Toda la comunidad debe tomar conciencia y ayudar a mantener los niveles del tanque que surte a la urbanización, los niveles de agua adecuados para garantizar un buen desenvolvimiento en nuestras actividades domesticas y personales de aseo diario. 6.1. ASEO Queda expresamente prohibido: a) Arrojar basura, papeles, desperdicios, colillas de cigarrillos y demás objetos desde las ventanas o pasillos de los Edificios, o cualquier área común del conjunto residencial. b) Sacudir alfombras, felpudos, manteles y objetos similares. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 10 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 c) El uso de las bocas de los colectores o bajantes de basura de los Edificios deben hacerse con el cuidado debido para no dañar o ensuciar sus tapas y mecanismos, el colector general, las paredes o pisos. Estos deben mantenerse limpios evitando que caigan al suelo desperdicios. d) No se debe arrojar agua u otros líquidos por los colectores de basura; ni tampoco botellas, latas, objetos de hierro ni cualquier otro objeto que pueda causar daño a las personas que retiran la basura o al colector mismo. e) Los desperdicios de cocina y otras substancias húmedas o susceptibles de descomposición deben ser envueltos en bolsas plásticas antes de ser arrojados al colector o bajante, con el objeto de evitar la oxidación y destrucción de los mismos, así como los malos olores, focos de infección y criadero de insectos. f) Los objetos que no deben arrojarse al colector o bajante serán colocados dentro de una caja y llevados al cuarto para depósito de basura en la planta baja. g) Queda terminantemente prohibido almacenar o guardar, ninguna clase de objetos en los cuartos para depósito de basura, en el espacio para los medidores de agua, para la bomba o en el cuarto de electricidad. Los co-propietarios velarán porque las personas bajo su dependencia den estricto cumplimiento a estas disposiciones. El co-propietario del apartamento cuyos residentes o personas a su cargo violaren las disposiciones de este Capítulo, será responsable legal y económicamente de los gastos que ocasione la limpieza adicional que fuere necesaria hacer para corregir la falta cometida. 6.2. DEL USO DE LOS APARTAMENTOS Los apartamentos sólo podrán usarse para el fin específico a que hayan sido destinados en el documento de condominio del conjunto, en consecuencia no podrán ser destinados a: a) usos contrarios a la moral o buenas costumbres o para ejercer actividades que comprometan la seguridad del conjunto o la tranquilidad y comodidad de sus habitantes. b) Los propietarios sólo tendrán derecho a ocupar la parte interior de los apartamentos, quedando terminantemente prohibido colocar muebles u objetos de cualquier naturaleza fuera de las líneas determinadas por el dintel de la puerta del apartamento. c) Queda terminantemente prohibido que, en la entrada principal del inmueble, en los pasillos, escaleras o en los estacionamientos jueguen niños, o que utilicen patines, patinetas, carros, bicicletas u otros artefactos en esas zonas. Los niños deberán realizar sus actividades de esparcimiento en los sitios adecuados para ello en el Conjunto, y deberán estar siempre acompañados por una persona mayor de edad responsable. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 11 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 6.3. ESTACIONAMIENTO: Los estacionamientos del conjunto son de uso exclusivo para los co-propietarios del mismo. En consecuencia; a) Todos los habitantes o visitantes deben identificarse al ingresar al estacionamiento. b) Queda prohibido estacionar vehículos de propietarios, visitantes o de personas extrañas al conjunto en áreas distintas a las previstas para ello. Para efectos de este manual se considera Vehículo cualquier medio de transporte motorizado o no. c) TODOS los visitantes o proveedores que ingresen con vehículo, al acceder y retirarse deberán abrir el maletero y puerta trasera, para ser inspeccionados por el oficial de seguridad, este dejará registrado los objetos de valor que observe. En caso de observarse un bien o material que se presuma esté siendo sustraído del conjunto residencial, no se le permitirá la salida hasta que el propietario o inquilino verifique y autorice la salida. Esta novedad deberá ser reportada en el libro destinado para este fin, debe quedar legible los datos del propietario, visitante y oficial de seguridad. d) Cada apartamento dispone por lo menos de un puesto de estacionamiento, debidamente identificado y asignado a su apartamento en el documento de compra-venta; por lo tanto, debe respetar este orden y estacionar solo en el puesto que le ha sido asignado. Los propietarios que hayan adquirido otros puestos de estacionamiento deben informárselo a la Junta de Condominio para evitar futuros inconvenientes y velar por el buen uso de su propiedad. e) Al aparcar no puede obstaculizar las aceras, caminerías, vialidades, puertas o zonas de uso común (jardinerías, planta baja de edificios, pasillos internos/externos, entre otros). f) El pavimento de los estacionamientos ha sido diseñado para el tráfico liviano, es decir, vehículos de pasajeros hasta seis (6) personas, razón por la cual, cualquier daño que pueda presentarse debido al paso de vehículos de carga o pesados, será responsabilidad tanto del dueño del apartamento al cual pertenece el vehículo como del dueño del mismo, así como la reparación del daño causado. g) Tenga cuidado cuando maneje su vehículo dentro de las áreas del Conjunto, pues de lo contrario puede causar daños a bienes y/o a personas. Recuerde que el límite máximo de velocidad es de quince kilómetros por hora (15 km/h). h) El uso de los puestos de estacionamiento queda sujeto a las siguientes reglas: i) Los co-propietarios solo podrán utilizar el puesto asignado a su apartamento en particular. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 12 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 ii) El respectivo co-propietario se cuidará de no ocupar los puestos de los demás copropietarios, ni molestar o impedir la circulación de éstos, ni permitirá que lo hagan familiares, visitantes o dependientes. iii) Queda terminantemente prohibido estacionar vehículos de carga, autobuses, trailers, lanchas, vagones, camiones, tractores, casas rodantes, camiones de mudanza, etc. iv) Queda terminantemente prohibido tocar corneta o sirenas dentro del estacionamiento o producir cualquier ruido molesto. v) Los puestos demarcados para Visitantes solo podrán ser usados por INVITADOS y su permanencia no exceda las 24 horas. vi) Queda terminantemente prohibido efectuar en el estacionamiento, trabajos propios de talleres mecánicos o estaciones de servicio, sin excepción. En dado caso que se le presente una falla mecánica, solo se permitirán reparaciones menores, que no estén relacionadas aceite y gasolina. vii) Los botes de aceite por fallas mecánicas deben ser corregidos o colocar un envase que no permita que caída al pavimento. Las manchas de aceites deben ser limpiadas a la brevedad por el responsable del puesto. viii) Queda terminantemente prohibido realizar tareas de limpieza de vehículos en el área de estacionamiento. ix) Queda terminantemente prohibido estacionar vehículos en la zona de circulación del estacionamiento del Edificio. x) No está permitido que cualquier persona permanezcan en el estacionamiento en actividades recreativas o de esparcimiento, sin previa autorización de la junta de condominio. Se prohíbe la ingesta o preparación de bebidas o alimentos en esta área. 6.4 INSTALACIONES HIDRÁULICAS: Estas incluyen todas las tuberías destinadas a conducir aguas blancas, de descarga de aguas negras y de lluvia de su apartamento. a) Bajo ninguna circunstancia se deberá botar toallas sanitarias, pelos, cartón, ningún tipo de plástico u otros elementos en los sanitarios. Cuide también de no botar, ningún tipo de basura u objeto como papel, trapos, hilos, materiales plásticos, desperdicios de comida, ganchos de pelo, etc. por los desagües que existen en el piso, en lavamanos y fregaderos; estos materiales pueden ocasionar serias obstrucciones, que en algunos casos son muy costosas y difíciles de corregir. b) Cuando se presenten problemas de obstrucciones en los ductos de aguas negras, debe advertirse al plomero que dichos tubos son de pvc y que por lo tanto se deben usar las COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 13 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 herramientas apropiadas para no dañar este tipo de material; en ningún caso se deben usar objetos de metal punzantes o rígidos. (pvc = cloruro de polivinilo). c) El constructor no se hará responsable por dificultades que puedan presentarse en las cañerías si estos provienen del mal uso. Usando en forma apropiada los materiales e instalaciones de plomería, estos pueden estar como nuevos durante muchos años. No abuse de estos equipos usando limpiadores que contengan abrasivos. d) Las instalaciones hidráulicas están garantizadas por un (1) año a partir de la fecha de protocolización del documento de venta; esta garantía no incluye: i) Reemplazo de ningún tipo de grifería. ii) Accesorios sanitarios dañados o rotos por el mal uso. iii) Taponaje de las cañerías que existen en los pisos, en lavamanos, en fregaderos y W.C (poceta) debido a descuido del propietario. c) En caso de determinarse mal uso y sea necesario ejecutar el trabajo por parte del constructor, se le cargaran al propietario los gastos en que se incurra. d) En el proyecto original no se ha previsto el suministro del calentador de agua; razón por la cual, aquellos propietarios que lo instalen, deberán colocar una válvula de seguridad, la misma se debe conectar a la entrada de agua fría y con la flecha de flujo hacia el calentador, así como una válvula de alivio de temperatura y un termostato que eviten el calentamiento del agua por encima de 60°c. (temperatura máxima de trabajo de la tubería). Aunado a ello, se sugiere que el calentador al ser instalado debe ir apoyado en los soportes (uñas) adecuados para evitar que sean las propias tuberías las que soporten su peso. Así mismo no se recomienda el uso de calentadores a gas o los termos eléctricos de 220 voltios; en virtud de que pueden causar serios problemas o daños a las tuberías; y en caso de preferir estos, se deberán realizar trabajos de electricidad y cambiar las tuberías a hierro galvanizado o cobre hasta el punto de instalación. Es necesario: i) La utilización de válvula de alivio de temperatura en el calentador para aliviar las sobrepresiones. ii) Verificar regularmente el buen funcionamiento del termostato, el cual debe estar regulado a una temperatura máxima de 60°c. iii) Utilización de válvula de seguridad para impedir el retorno del agua caliente por la tubería de agua fría. iv) No es recomendable la utilización de calentadores que no aseguren un adecuado control de temperatura del agua. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 14 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 v) Debe utilizarse tubería, conexiones y accesorios metálicos en la conexión del calentador. vi) Debido a nuestro método constructivo, no podemos garantizarle que la pendiente de los pisos sea suficiente para que el agua se desplace hacia los sumideros de su apartamento, debido a que ellos funcionan como puntos de desagüe. Si no se toman las previsiones, el agua puede alcanzar un nivel considerable. 6.5 SISTEMA ELÉCTRICO: a) El sistema eléctrico está garantizado por un (1) año a partir de la fecha de protocolización del documento de venta. Esta garantía no incluye: i) Reemplazo de bombillos, ni lámparas. ii) Reemplazo de balastros para lámparas. iii) Reemplazo de tapas de switches o tomacorrientes dañados o rotos por el mal uso. iv) Problemas por modificaciones a las conexiones de los cables al instalar lámparas y otros equipos eléctricos en las cajas de paso. v) Problemas provenientes de sobrecarga en las líneas. b) El tablero eléctrico está equipado por fusibles automáticos (breakers) para cortos, los fusibles se cortarán inmediatamente, interrumpiendo el suministro de electricidad para ese circuito. Para reactivarlo, ponga primero el interruptor de la caja de fusibles en "off" y luego pásela a "on" si el interruptor esta caliente, déjelo enfriar antes de ponerlo en "on". Trate siempre de encontrar la falla que causó el corto para arreglarla, ya que de no remediarla seguramente al pasar el fusible a "on" se producirá nuevamente el cortocircuito. De comprobarse que el corto-circuito es por causa de un desperfecto en la instalación eléctrica original del apartamento, agréguelo en la lista de reparaciones. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 15 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 6.6 DEL DISEÑO DE LAS REJAS Y TOLDOS EN VENTANAS Y BALCONES La colocación de toldos, deberá guardar relación con los lineamientos arquitectónicos del Edificio, deberá procurarse la uniformidad de los mismos y los mismos deberán estar aprobados por la Junta de Condominio y los Arquitectos Proyectistas. a) REJAS. Sólo estarán permitidas colocar las rejas diseñadas por la Urbanizadora o acordadas en Asambleas de Propietarios, según imágenes referenciales que se anexan a continuación: 1- Rejas de Ventanas (color Negro): COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 16 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 2- Rejas de Entrada Apartamento (color Negro). 3- Rejas y estructura de Entrada Torres (Rejas color negro y media pared de bloque de ladrillo). COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 17 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 4- Rejas Perimetrales (color negro). Nota: Cualquier otro modelo de reja diferente al indicado en este punto estará incumpliendo con la norma de Uniformidad que este mismo manual señala y deberá ser sometida a consideración y aprobación de los propietarios en Asamblea General. 6.7 ACCESORIOS ELÉCTRICOS. Los materiales eléctricos de su apartamento han sido adquiridos entre los existentes en el mercado. La garantía de todos los materiales eléctricos, se limita única y exclusivamente a la que extiende el fabricante. Antes de llamar para hacer un reclamo, verifique si su artefacto esta bien conectado y los switches en posición "on". Notificando en forma directa a la casa suplidora de dichos materiales, recibirá atención más rápida y eficiente. 6.8 PIEZAS SANITARIAS. En las piezas sanitarias se puede evidenciar en algunos casos la presencia de poros o defectos de acabados en su superficie, la cual deberá ser considerada como normal. La garantía del constructor solamente se limitará a reponer o sustituir las piezas sanitarias cuando al momento de la entrega del apartamento y suscripción del Acta de Recepción definitiva, se notifique o se deje constancia. En este caso se repondrá o sustituirá únicamente él o las piezas sanitarias reportadas como defectuosas. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 18 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 6.9 INSTALACIÓN DE APARATOS DE AIRE ACONDICIONADO Y ANTENAS: Los aparatos de aire acondicionado, en caso de que sean instalados: a) No podrán sobresalir ni ser visibles desde las ventanas de la fachada del edificio. b) Podrán instalarse aparatos tipo "split" o de ventana. c) Los componentes (compresor) deben ser instalados manteniendo la uniformidad. El lugar, aprobado en asamblea, para colocar los compresores es: a. Fachada Exterior: debajo de la ventana, pegado hacia la pared donde se encuentra el área del lavandero del apartamento. b. Fachada Interna: debajo de la ventana. En caso de dudas consultar a la Junta de Condominio. d) Los aires de ventana deben estar empotrados en la reja de las ventanas, mantenimiento el mismo estándar de las mismas. No podrá ser modificado por ninguna razón la fachada del edificio. e) Al instalar los equipos debe prever que el drenaje quede hacia adentro de su apartamento, por ningún motivo podrán quedar expuestos en la fachada del edificio o drenar hacia las áreas comunes. f) No está permitido el colocar los compresores de A/A en la azotea, ni realizar perforaciones en el techo. Las antenas de TV y Radio, en caso de que sean instalados: a) No podrán sobresalir ni ser visibles desde las ventanas de la fachada del edificio. b) Solo podrán instalarse en las azoteas. c) El cableado de la antena no podrá quedar por fuera de las fachadas del edificio, debe asegurarse de canalízalo a través del túnel de ventilación del edificio. A los fines señalados en este artículo, los propietarios deberán requerir la autorización previa y someterse a las indicaciones de la Junta de Condominio del Conjunto. 6.10 VENTANAS: Las ventanas del Edificio son construidas en serie, razón por la cual al ser instaladas se presenta una ranura en todo su perímetro la cual es rematada con silicone, material que al fraguar se rigidiza, sin embargo en el caso de producirse vibraciones u otras alteraciones provenientes de reparaciones realizadas en cualquier apartamento del edificio o por instalaciones de rejas, dichas juntas de ventanas deberán ser reconstruidas por cuenta y a expensas del propietario que haya ocasionado dichas alteraciones, a fin de evitar filtraciones. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 19 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 6.11 ZONAS VERDES: Las áreas verdes y paisajismo del conjunto residencial han sido planeadas y ejecutadas por personal especializado. Colaborando en cuidarlas siempre se verán bellas. a) No permita que los niños, adultos o mascotas, maltraten las plantas. No bote ningún tipo de desperdicio en ellas. b) Si posee animales, impídales que hagan sus necesidades en las zonas verdes o jardines, y en caso que descuidadamente lo hagan, recójalos con una bolsa plástica, y deposítelo en el basurero debidamente cerrado. c) No siembre matas, ni arranque flores; el único autorizado para hacerlo es el jardinero asignado por la Junta de Condominio. Recuerde que las zonas verdes son propiedad común. d) Trate de no pasar por encima de las zonas verdes, podría haber grupos de matas recién sembradas. e) Cuide de no dañar las llaves de riego. f) No permita que los niños jueguen en los sitios donde hay grupos de matas. Los jardines han representado apreciables inversiones. No permita que se dañen. Son suyos y de todos los propietarios. 7. ÁREAS RECREATIVAS Y DE ESPARCIMIENTO. CHURUATA: Este espacio de uso común, compartido con los sectores La Moncloa y La Colonia. En procura de mantener esta área y darle oportunidad para que la comunidad pueda darle el uso adecuado de la misma, las Juntas de Condominio serán los únicos responsables de coordinar el arrendamiento del espacio. a) La solicitud de arrendamiento de La Churuata se debe hacer mínimo con una semana de antelación, debe hacerlo vía correo electrónico a la siguiente dirección: caminorealreservas@gmail.com. b) La aprobación de la solicitud de arrendamiento estará sujeta a las siguientes condiciones: i) El arrendamiento no sea para sub arrendar o para un evento de lucro personal y/o para fines comerciales. Solo las juntas de condominio quedan exento de este COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 20 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 punto, siempre y cuando sea con la finalidad de recaudar fondos para la mejora de la urbanización o actos de labor social. ii) El posible arrendatario debe estar solvente con la mensualidad del condominio y/o pagos de cuotas especiales. iii) Disponibilidad de la fecha solicitada. La Junta de Condominio validará que el interesado cumpla con estas condiciones y procederá a confirmar o no la disponibilidad. El interesado tendrá 48 horas luego de la confirmación para emitir el pago respectivo por el arrendamiento del lugar. c) El costo por el alquiler de la Churuata serán de Bs. 5.310, y deben ser pagados directamente en las oficinas de la Administradora Danoral, ubicadas en C.C. La Parada, oficina 3-3, Avenida Intercomunal. Guatire. Estado Miranda. El monto establecido a pagar por el alquiler de la churuata fue tomado como referencia al valor de 30 U.T., y será actualizado según sea el valor de la Unidad Tributaria vigente para el día del evento. El arrendatario está en la obligación de pagar cualquier diferencia que se genere previo al día del evento. d) Luego de hacer el pago, debe notificar y enviar copia del recibo de pago, para la respectiva verificación de los fondos, al correo caminorealreservas@gmail.com e) Se entregará un acta de compromiso la cual deberá firmar como constancia de confirmación y aceptación de las norma que debe cumplir antes, durante y posterior al evento. f) Las normas de uso: i) El horario de uso de La Churuata es: DE LUNES A JUEVES DESDE LAS 8:00 A.M. HASTA LAS 9:00 P.M. VIERNES Y SÁBADO DESDE LAS 8:00 A.M. HASTA LAS 12:00 P.M. DOMINGO DESDE LAS 10:00 A.M. HASTA LAS 9:00 P.M. Este debe ser respetado, de lo contrario se procederá con una sanción administrativa. Nota: este espacio podrá ser usado de este espacio los días domingo entre 8:00 a.m. y 10:00 a.m. para eventos previamente aprobados por la junta de condominio. ii) El uso de La Churuata será exclusivamente para el motivo que dejó por sentado en su solicitud y Acta de Compromiso. iii) No está permitido el uso de este bien común, toma corriente, mesón, batea y baños, sin previa autorización de la junta de condominio. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 21 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 iv) No se devolverá dinero, por ningún motivo, sin excepción. v) El horario de uso debe ser respetado, el lugar debe ser desalojado a la hora indicada en el punto i) de estas normas. El personal de seguridad le hará solo dos (02) llamados de atención, de no cumplirse se pasará la novedad y se procederá a una sanción administrativa. vi) Al entregarse las llaves del lugar, se llenará un formulario con el estado en que se está entregando el lugar, el arrendatario debe devolverla en las mismas condiciones, se debe dejar evidencia de conformidad de ambas partes con la firma del formulario. vii) El Arrendatario debe ser responsable de la recolección y disposición final de la basura durante y después de su uso. viii) Tendrá hasta el siguiente día del alquiler a las 8:00 a.m. para hacer entrega de las llaves y el área limpia. Hasta ese momento podrá mantener mesas y sillas alquiladas, luego deberá retirarlas del lugar. ix) La Junta de Condominio no se hará responsable de la perdida de objetos dentro y fuera de La Churuata. El arrendatario debe hacer cargo de resguardar sus pertenencias. x) La música que se coloque debe mantener un volumen moderado, y el sonido no podrá estar dirigidos hacia los edificios. Evite perturbar la comodidad de los vecinos que viven cerca de esta área. xi) Está prohibido colocar clavos en las paredes o columnas, colocar carritos de frituras, parrilleras, cocinas, o cualquier artefacto que dañe la infraestructura interna del lugar, contenga grasa o combustible. xii) Se debe enviar al correo caminorealreservas@gmail.com mínimo con 72 horas de anticipación al evento la lista de invitados (nombres y apellidos) para que le permitan ingresar al Conjunto Residencial. Los vehículos deben estacionar en la parte externa del conjunto residencial o en el lugar que le asigne la junta de condominio. Los proveedores de servicio deben estacionar fuera del conjunto residencial y su ingreso será autorizado tal y como lo indica la sección Normas de Convivencia / punto f: Para el acceso de contratistas o proveedores de servicios se deberá elaborar una autorización escrita y entregarla a la Junta de Condominio de la urbanización, con suficiente tiempo (mínimo 48 horas hábiles de antelación), que deberá contener la identificación exacta de las personas que ejecutarán los trabajos en su apartamento, el tiempo estimado de duración y los datos del vehículo en que se trasladen (en caso que sea necesario su ingreso); dicha autorización deberá ser suscrita por usted como propietario, indicando todos sus datos personales, el número de apartamento y un número telefónico para localizarle por cualquier inconveniente que se pueda presentar; así como el nombre completo de la persona responsable de la obra, sus datos personales y los trabajos a ejecutar. Una copia de este documento se entregará en vigilancia, quienes serán validarán la COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 22.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 información y permitirán el acceso del personal. En caso que el proveedor se presente y no haya sido autorizado, por medidas de seguridad, los oficiales de seguridad no permitirán su ingreso. xiii) Los oficiales de seguridad no están autorizados a permitirle el acceso a personas que no sea propietario o inquilino. xiv) La reparación o reposición por cualquier daño ocasionado o desperfecto que ocurra durante el evento en las instalaciones de La Churuata, su periferia o zonas aledañas, motivado por el mal uso del arrendatario o un invitado, será asumida por el arrendatario. xv) El suministro de consumibles como papel higiénico, bolsas, jabón, entre otros, corre por cuenta del arrendatario. xvi) Está prohibido botar basura, colillas de cigarrillo, carbón, cartones, botellas, entre otros en las áreas de uso común del conjunto residencial. xvii) Está prohibido pasear mascotas dentro de este espacio. xviii) No está permitido el uso de patines, patinetas, monociclos, triciclos, bicicletas o cualquier juguete o artefacto que pueda deteriorar la superficie del piso. xix) Está prohibido el ingreso o aparcamiento de vehículos o tráiler en los jardines de la periferia del lugar. El incumplimiento de alguna de esas normas podrá acarrear la suspensión inmediata del evento y se aplicará la sanción establecida en este manual. LA CANCHA: Este espacio de uso común, compartido con los sectores La Moncloa, La Colonia y pisatarios. En procura de mantener esta área y darle oportunidad para que la comunidad pueda darle el uso adecuado de la misma, las Juntas de Condominio serán responsables de coordinar el arrendamiento del espacio. a) El horario de uso de La Cancha es: DE LUNES A DOMINGO DESDE LAS 7:00 A.M. HASTA LAS 8:00 P.M. b) Las normas de uso: i) Está prohibido ingerir bebidas o comidas dentro de este espacio. ii) Está prohibido pasear mascotas dentro de este espacio. iii) La Junta de Condominio no se hará responsable de la perdida de objetos dentro y fuera de La Cancha. iv) Está prohibido la colocación de equipos de música, dentro y en las áreas perimetrales a esta área, sin previa autorización de la junta de condominio. v) Está prohibido colocar cualquier artefacto que dañe la infraestructura del lugar. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 23 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 vi) La reparación o reposición por cualquier daño ocasionado o desperfecto que ocurra por negligencia o conducta inapropiada durante el uso de La Cancha, su periferia y/o zonas aledañas, correrá por cuenta del usuario responsable. vii) Está prohibido botar basura, colillas de cigarrillo, carbón, cartones, botellas, entre otros en las áreas de uso común del conjunto residencial. viii) Terminantemente prohibido el uso de calzado no deportivo, patines, patinetas, triciclos, bicicletas o cualquier juguete o artefacto que pueda deteriorar la superficie del piso. El incumplimiento de alguna de esas normas acareará la sanción establecida en este manual. 8. REDES SOCIALES La Junta de Condominio no se hará responsable de publicaciones de terceros en las redes sociales sin previa autorización. En caso que la Junta de Condominio decida hacer uso de una red social la publicación será efectuada por el presidente del mismo. 9. FACULTADES DE LA ADMINISTRADORA DEL CONDOMINIO El administrador tendrá las facultades que le otorga: 1. La Ley de Propiedad Horizontal. 2. El Documento de Condominio General del Conjunto y las asambleas de copropietarios. 3. Las Juntas de Condominio General del Conjunto y particular de cada Edificio. 10. SOLVENCIAS DE CONDOMINIO. En caso en que durante el proceso de reparación de alguna falla, observada por el propietario o después de efectuada dicha reparación se determinase que la falla fue originada o por mal uso o por intervención en el apartamento de personal extraño al del promotor sin previa autorización de nuestra empresa, se procederá a facturar al propietario del apartamento los gastos ocasionados por la citada reparación y hasta tanto dicha factura no sea cancelada, no será atendida ninguna nueva solicitud de dicho propietario. Además será condición ineludible para presentar cualquier tipo de reclamo a nuestra representada, estar solvente con los pagos de condominio, debiendo presentar constancia de dicha solvencia. El propietario que se retrase en la cancelación de los gastos comunes, será considerado en estado de morosidad y deberá responder por los daños y perjuicios ocasionados al condominio por tal concepto, en el supuesto de que la cobranza sea judicial o extrajudicial, el propietario COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 24 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 deberá cancelar además los costos y costas del litigio, los honorarios profesionales del o los abogados que se hayan utilizado para cobrar lo adeudado. 11. DE LAS SANCIONES a) En caso de violación de cualquiera de las normas establecidas en el presente Manual o en el Documento de Condominio, la Junta de Condominio en particular se dirigirá por escrito al co-propietario responsable un primer llamado de atención por la infracción cometida, informándole que cuenta con 30 días continuos para corregirla o mostrar evidencia de su interés en corregirla. b) En caso de haber transcurrido el tiempo estipulado en el primer llamado de atención, se entregará un segundo llamado de atención, otorgándole 15 días continuos para corregir la infracción cometida. c) En caso de reincidencia o de negativa a mejorar la conducta indebida, se hará la participación del caso al Administrador para que de conformidad con la Ley lo haga cumplir con las disposiciones de este Reglamento. Y se impondrá una sanción monetaria por conductas indebidas o incumplimiento, estipulada desde Bs. 1.770 (tomando como referencia el valor de la Unidad Tributaria, vigente al momento del incumplimiento, desde 10 U.T.), la Junta de Condominio evaluará el caso y determinará la gravedad para atribuir la sanción debida, tomando en consideración el tabulador de sanciones. d) Sí la conducta es repetitiva e irremediablemente no se puede solucionar por las vías antes descrita, se procederá con sanciones de índole judicial por infracciones, apegados a lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal y el Código Civil, vigentes. Ley de Propiedad Horizontal Titulo Quinto De las Sanciones Artículo 39:- El propietario que reiteradamente no cumpla con sus obligaciones, además de ser responsable de los daños y perjuicios que cause a los demás, podrá ser demandado para que se le obligue a vender sus derechos, hasta en subasta pública. El ejercicio de esta acción, será resuelto en asamblea de propietarios que representen el setenta y cinco por ciento (75%) de la comunidad. e) En caso de faltas graves se convocará una Asamblea de co-propietarios del Conjunto en general o de cada edificio en particular para que conozca del asunto y decida sobre las medidas a adoptar. f) Los co-propietarios que incurran en faltas en contra de la comunidad, no podrán formar parte de las Juntas de Condominio ni intervenir en la elección de sus miembros. g) También perderá ese derecho el co-propietario que se encuentre en estado de mora. COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 25 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 h) Tabulador de sanciones: Las sanciones ocurrirán tal y como se menciona en el anterior punto c. ACTIVIDAD A SANCIONAR SANCIÓN BS. VALOR REFERENCIAL 1 Destinar el apartamento a uso distinto al establecido. 53.100 300 U.T. 2 Ocupar corredores, vestíbulos, escaleras y otros bienes comunes con cualquier clase de objetos. 1.770 10 U.T. 3.540 20 U.T. 3 Utilizar, radios y otros instrumentos reproductores de sonido a volúmenes que resulten molestos a los demás. O producir o permitir generar ruidos molestos luego de las 9:00 pm y antes de las 8:00 am. (domingo a jueves); luego de las 12:00 pm. Y antes de las 8:00 am. (viernes y sábado) 4 3.540 20 U.T. Producir ruidos molestos (canto, música, mudanzas, etc) luego de las 9:00 pm y antes de las 8:00 am. (domingo a jueves); luego de las 12:00 pm. Y antes de las 8:00 am. (viernes y sábado) 5 1.770 10 U.T. No notificar a la junta respectiva, mediante el formato establecido, el inicio de trabajos de remodelación en su vivienda, fecha aproximada de culminación, identificación plena de los trabajadores. Este listado debe ser actualizado semanalmente. 6 Aparcar vehículos no permitidos, así como aparcar Vehículos en zonas no permitidas, según indica el Manual de Propietario. 5.310 30 U.T. 3.540 + el costo del camión 20 U.T. 7 Mantener materiales de construcción a granel o embolsados, o escombros en el puesto de estacionamiento propio, ajeno o visitantes por más del periodo que se menciona en el Manual del Propietario. 8 Colocar objetos de cualquier especie en balcones, barandas, antepechos y en general, al exterior de los edificios, salvo decoraciones. 3.540 20 U.T. 9 Botar escombros, chatarras, muebles o cualquier otro objeto de gran volumen en los depósitos o lugar no destinos para este fin. 5.310 + el costo del camión 30 U.T. 10 Colgar ropa a secar, zapatos etc; en fachadas o áreas de uso común. 3.540 20 U.T. 11 Colocar hornillas, cocinillas o calentadores de cualquier especie, en las áreas externas de los apartamentos o lugares no permitidos, o sin previa autorización. 3.540 20 U.T. 12 Colocar antenas de tv/radio o aires acondicionados en lugares diferentes a los que menciona el Manual del Propietario. 3.540 20 U.T. 13 Permanecer o Permitir a niños, adolescentes permanecer sin supervisión en patios, escaleras, pasillos, áreas comunes y áreas de estacionamiento, o cualquier lugar que genere molestia a los vecinos. 3.540 20 U.T. 14 53.100 300 U.T. Establecer en los apartamentos cualquier tipo de negocio, fábrica, explotaciones artesanales o darle destino distinto al establecido, usar máquinas que produzcan ruido, trepidaciones, malos olores, destinarlos en depósitos de materiales inflamables o explosivos o de cosas que por su volumen o peso puedan afectar al inmueble así como establecer comercios en áreas no destinadas para ello..
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 3.540 20 U.T. 15 Obstaculizar de cualquier forma las áreas comunes y circulación peatonal, escaleras con objetos que perturben el libre tránsito, ej. bicicletas, motos, patinetas, cajas de cervezas, vehículos mal aparcados, etc. 16 3.540 + el costo de recuperación de la grama 20 U.T. Arrojar sobre la grama desperdicios de cualquier naturaleza y/o sustancias que la deterioren; ni disponer de la basura en bolsas plásticas o colocarla fuera de los sitios destinados para ello. 17 Colocar propagandas, anuncios o avisos en áreas comunes, paredes, puertas o ventanas, sin previa autorización de la Junta de Condominio. 1.770 10 U.T. 3.540 + el costo de recuperación de la grama 20 U.T. 18 Ingesta de bebidas alcohólicas o de cualquier sustancia prohibida en áreas comunes como pasillos, escaleras, canchas deportivas, estacionamientos. 19 No recoger los excrementos de mascotas o dejarlas deambular solas por la urbanización. 1.770 10 U.T. 5.310 30 U.T. 20 Estar involucrado directamente en riñas, actos inmorales o actitudes inapropiadas que perturbe la comodidad o la salud de un vecino o la comunidad. Nota: el propietario es responsable de velar por el buen comportamiento de familiares y visitantes. 30 U.T. 21 No responsabilizarse o negarse a reparar o corregir fallas que puedan o sean causas de de daños de bienes comunes o a los bienes de algún otro vecino. 5.310 + el costo de la corrección o reparación (si llegase a suceder) 30 U.T. 22 Modificar o dañar la forma externa, paredes externas o modificar el color de fachadas, pasillos, rejas y ventanas, con tonalidades distintas a los utilizados por la constructora. 5.310 + el costo de la corrección o reparación (si llegase a suceder) 23 No encargarse de la limpieza y recolección de residuos sólidos y/o líquidos que haya generado en las áreas comunes del urbanismo. 5.310 30 U.T. 24 Modificar los diseños de Paisajismo que se elaboren en las áreas verdes, sin previa autorización. 3.540 20 U.T. 25 5.310 + el costo por la recolección y/o reparación del área 30 U.T. Arrojar hacia los depósitos de basura, botellas de vidrio, explosivos, materiales inflamables, excrementos, animales muertos, objetos o desperdicios que excedan la capacidad del envase, así como colocar en los cuartos de basura bolsas de tierra, cemento, pego, escombros o residuos de materiales de construcción. 26 Utilizar las áreas comunes para realizar fiestas, eventos, actividades con fines de lucro, y cualquier evento que no cuente con la debida autorización. 5.310 30 U.T. 27 Utilizar los estacionamientos de visitantes para permanencias no temporales o para usos distintos al indicado. 3.540 20 U.T. 28 Efectuar trabajos propios de un taller mecánico en el estacionamiento o limpieza de vehículos. 5.310 30 U.T. 29 Instalar Aires Acondicionados.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 32 Demoler o hacer cualquier tipo de remodelaciones o modificaciones en paredes de las llamadas estructurales. 5.310 + el costo de la reparacion 30 U.T. 12. MODIFICACIONES AL PRESENTE REGLAMENTO Las modificaciones de este documento están sujetas a los procedimientos normados en la Ley de Propiedad Horizontal. Nota: Este Manual fue aprobado por la mayoría de los Co-Propietarios asistentes a la Asamblea General de Propietarios, celebrada el día domingo 24 de abril de 2016. Se anexa copia del Libro de Actas. Se anexa copia del Libro de Actas de Asambleas Generales: COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 28 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 29 de 30.
[Audio] Código: MAN-CRLM-MP-001 Revisión Nro.: 01 MANUAL DE PROPIETARIO Versión Nro.: 01 Fecha vigencia: 01/04/2016 RIF: J-40102042-9 COPIA NO CONTROLADA AL IMPRIMIR O FOTOCOPIAR SIN AUTORIZACIÓN Plantilla: MAN-JCCR-MP-001 (Enero/2016) Revisión Nro.: 1 Versión Nro.: 1 Página 30 de 30.